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LA OBLIGACIÓN DE REPORTAR VIAJES URBANOS PARA LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE

LA OBLIGACIÓN DE REPORTAR VIAJES URBANOS PARA LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE

A través de la Resolución No 20223040045515 de agosto de 2022, el Ministerio de Transporte genero una nueva obligación para las empresas de transporte de carga que consiste en realizar a través de la plataforma del RNDC el “registro de viaje municipal” para todos aquellos despachos u operaciones de carga que se realicen dentro del radio de acción municipal, sus áreas urbanas o rurales.

SOBRE LA OBLIGACIÓN DE REPORTAR VIAJES URBANOS

El módulo de la aplicación se identifica como REGISTRO VIAJE MUNICIPAL y ya se encuentra habilitado para todas las empresas de transporte que deseen realizar pruebas del mismo, una vez guardado el registro el sistema arroja un documento identificado como Registro Transporte Municipal con la información del despacho el cual debe portar de forma digital el conductor.

De acuerdo a lo establecido en la resolución, esta obligación de registro de información para viajes municipales será de obligatorio cumplimiento desde el 06 de agosto de 2023.

Recuerde que la sanción por el no cumplimiento de las normas del transporte oscilan entre 1 y 700 SMMLV, por lo tanto, si tiene alguna duda y requiere de una asesoría especializada, recuerde que en GRILLO CORREA CONSULTORÍAS S.A.S., estamos dispuestos a atenderlo virtualmente y en tiempo real, para lograr los objetivos y el reconocimiento que merece usted y su empresa.

Descargue aquí https://plc.mintransporte.gov.co/Portals/0/Normatividad/R.20223040045515-05-08-22%209%20Pag1-12.pdf?ver=2022-10-30-153751-303 la norma y los manuales operativos disponibles en la página web de la entidad.

 

Elaboro Nancy Balaguera

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